Hace un par de semanas se hacía efectiva la fusión por absorción de “Invain Store, S.L.U.” por parte de “Décimas, S.L.U.”, ambas sociedades pertenecientes al grupo de sociedades encabezado por “Sport Street, S.L.”.
El grupo Sport Street es uno de los principales grupos de distribución de moda deportiva en España y es propietario de marcas como Décimas y Polinesia. No solo distribuye a nivel nacional e internacional en más de 400 puntos de venta situados en cinco países de forma presencial y 12 online, sino que también son franquiciados de adidas, contando para ello con 10 tiendas en España.
Décimas, que fue fundada en 1988, es la marca insignia del grupo Sport Street para la venta de ropa deportiva. Por su parte, Invain, que abrió sus puertas en 2017, era la marca encargada de la distribución de zapatillas deportivas (sneakers).
Un poco más sobre las fusiones
En términos generales, la fusión se podría definir como aquella operación jurídica que afecta a dos o más sociedades y que desemboca en su unión mediante (i) la extinción de una o varias de ellas; (ii) la integración por sucesión universal de sus patrimonios; y (iii) la integración de sus respectivos socios en, o bien una única sociedad ya existente (participante en la operación), o bien una sociedad de nueva versión.
Según la doctrina, las fusiones suelen ser de las operaciones jurídicas más completas, pues aborda aspectos contractuales (i.e., acuerdo entre varias sociedades), aspectos societarios (i.e., la extinción de, al menos, una sociedad y, en su caso, la ampliación de capital y la creación de una nueva sociedad) y aspectos patrimoniales (i.e., la transmisión de patrimonios).
Tipos de fusión
Las fusiones pueden ser de dos tipos: de nueva creación o por absorción. La primera conlleva la extinción de cada una de las sociedades que se fusionan y la transmisión en bloque de los respectivos patrimonios sociales (i.e., activos y pasivos) a la sociedad de nueva creación, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquellas. Por su parte, la fusión por absorción se produce cuando una o varias sociedades se extinguen y sus patrimonios sociales se transmiten en bloque a una sociedad ya existente, que generalmente aumenta su capital y entrega las nuevas acciones emitidas a los socios de las sociedades extinguidas.
La finalidad económica que subyace en una fusión es la concentración empresarial, por lo que esta operación suele estar sujeta a la Ley de Defensa de la Competencia. No obstante lo anterior, en el caso de la fusión de sociedades de un mismo grupo (lo que ha ocurrido en la fusión por absorción de Invain por parte de Décimas), no se puede hablar propiamente de una concentración empresarial (de una combinación de negocios), pues el control último sobre la actividad empresarial no cambia.
Características de las fusiones
En primer lugar, la fusión supone la disolución, sin liquidación, de una o varias sociedades. En este punto cabe señalar que la fusión es un supuesto especial de disolución, pues no conlleva la liquidación de la sociedad, sino que su patrimonio se transmite en bloque a otra sociedad (ya existente o de nueva creación).
En segundo lugar, la transmisión en bloque del patrimonio es un supuesto de sucesión universal pues, sin ninguna formalidad especial, todos los activos y pasivos se traspasan a la sociedad resultante de la fusión. Esta sociedad pasa a ser titular de todos los activos, pasivos y relaciones jurídicas de la o las sociedades extinguidas.
Por último, una de las características singulares de la fusión es que, como contraprestación por la cesión en bloque de los patrimonios, los socios de las sociedades extinguidas reciben participaciones sociales (en caso de sociedad de responsabilidad limitada) o acciones (en caso de sociedad anónima) de la sociedad de nueva creación o absorbente.
En la fusión por absorción, lo normal es que los socios de las sociedades absorbidas se integren en la sociedad absorbente en virtud de una ampliación de capital, salvo que (i) se trate de una fusión simplificada por ser la sociedad absorbente titular de la totalidad del capital social de la entidad absorbida; o (ii) se entreguen como contrapartida acciones en autocartera.
La fórmula en virtud de la cual se calcula el número de participaciones sociales o acciones de la sociedad absorbente que corresponde a cada uno de los socios de las sociedades absorbidas se conoce como ecuación de canje. En este sentido, es de vital importancia la correcta determinación del tipo de canje, pues debe garantizar el trato equitativo de los socios de todas las sociedades participantes en la fusión.
Simplificación de requisitos
Cada una de las fases de la fusión, así como el contenido de cada uno de los documentos que debe preparase para su formalización, se regulan en el Real-Decreto ley 5/2023, de 28 de junio.
En esta línea, el Real-Decreto ley 5/2023, de 28 de junio contiene un régimen simplificado para aquellas fusiones en las que (i) la sociedad absorbente sea titular, directa o indirectamente, de todas las acciones o participaciones sociales en que se divida el capital social de la o las sociedades absorbidas (lo que se conoce como fusión impropia); (ii) las sociedades participaciones estén íntegramente participadas, directa o indirectamente, por el mismo socio o por socios que tengan idéntica participación en todas ellas (lo que se conoce como fusión gemelar); y (iii) las sociedad absorbida sea titular, directa o indirectamente, de todas las acciones o participaciones sociales en que se divida el capital social de la sociedad absorbente (fusión inversa).
En el caso de la fusión entre “Invain Store, S.L.U.” y “Décimas, S.L.U.”, estaríamos ante una fusión gemelar (i.e., el supuesto descrito en el punto (ii) anterior), por lo que no ha requerido, entre otras cuestiones, ni ampliación de capital, ni emisión de informes de expertos independientes.
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En Madrid, a 6 de diciembre de 2024